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La intimidad en internet
Por Fernando Tomeo
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que el abuso de la libertad de expresión no puede ser objeto de medidas de control preventivo, sino fundamento de responsabilidad para quien lo haya cometido (Conf. Opinión consultiva OC-5, 13/11/85, Corte I.D.H. (Ser.A) Nº 5, 1985).”
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Términos mencionados en esta doctrina: intimidad, responsabilidad, libertad, expresión, particular, internet, señalado, contenidos.